El Derecho Informático como nueva disciplina...


Las relaciones entre el Derecho y la Informática abren el camino a variados enfoques...

Por un lado, la Informática, como ciencia del tratamiento automático de la información, ofrece técnicas avanzadas de procesamiento de la información en las distintas áreas del conocimiento y una de ellas es la información jurídica. En este sentido, la informática como herramienta, ha ayudado a modernizar algunos aspectos de la actividad jurídica y constituye el área de la Informática Jurídica.
Por otro lado, el desarrollo vertiginoso de la informática que tiene lugar en este siglo, a partir de los avances en la microelectrónica, provoca la emergencia de toda una problemática e interrogantes, a las que la sociedad toda y dentro de ella, los juristas, deben dar respuesta. Este último campo es el del Derecho Informático.

Como dice Delpiazzo ( 1989) ( 1995), pueden distinguirse en ese término, dos acepciones: el Derecho Informático como una rama del Derecho integrada por las normas y principios que se refieren a la actividad informática y por otro, una ciencia que tiene por objeto el estudio del sector jurídico antes mencionado.


Al ser contemporáneos del nacimiento de esta nueva disciplina, resulta interesante considerar que cuando el Derecho debe dar respuesta a una situación novedosa de la actividad informática, puede recurrir, o bien, a las ramas clásicas del Derecho o a esa nueva ciencia que hemos llamado Derecho Informático, partiendo de una reflexión unitaria de los problemas informáticos, desarrollados sistemáticamente como ciencia.

Nos parece oportuno señalar algunos ejemplos del primer enfoque, lo que al mismo tiempo, nos permitirá visualizar algunos de los temas a los que debería poder responder el Derecho Informático:

a) Para atender el llamado "flujo de datos transfrontera" o "flujo internacional de datos", o sea, la circulación de información a través de los Estados Nacionales, puede recurrirse al Derecho Internacional Público.

b) El Derecho Internacional Privado debe asumir los temas relacionados con las relaciones jurídicas implícitas en el mercado informático, que crece rápidamente y cuyos productos son de naturaleza internacional.c) El Derecho Constitucional debe contemplar la problemática emergente del manejo automático de grandes volúmenes de información, con el peligro que implica el trasiego de datos personales con fines distintos de aquellos para los que fueron recolectados, por ejemplo, con el consiguiente posible riesgo para las garantías personales fundamentales.
d) El Derecho Administrativo ha debido enfrentar las nuevas modalidades de contratación realizadas por los Organismos públicos en áreas informáticas y el cambio cualitativo de la actividad de contralor administrativo.

e) Gran parte de los delitos contenidos en los Códigos Penales pueden transformarse en delitos informáticos si intervienen elementos informáticos. Estos y otras figuras delictivas específicas deberían ser atendidos por el Derecho Penal.

f) El Derecho Comercial debe afrontar nuevas formas de contratos informáticos en los que intervienen, por ejemplo el soporte lógico o "software".

g) El Derecho Procesal ha debido plantearse la admisión o no y la valoración, de los soportes y medios no tradicionales como medio de prueba, cuando se necesita su presentación en un juicio, por ejemplo.

h) El Derecho Bancario ha debido enfrentar la transferencia electrónica de fondos y el documento sin firma, así como los grandes cambios que han tenido lugar en cuanto a la intermediación financiera.

La pregunta es entonces si todos esos problemas que se acaban de mencionar, desde la perspectiva de las distintas ramas del Derecho y muchos otros de la misma índole, que paralelamente al creciente desarrollo de la informática han surgido y seguirán surgiendo, merecerían ser considerados en forma global y autónoma.

Esa forma autónoma, aunque no aislada de las otras ramas jurídicas, el llamado Derecho Informático, permitiría lograr una mayor profundización y esclarecimiento de los problemas.

En efecto, promediando la década de los 80, se vio la conveniencia de unificar la normas jurídicas relacionadas con el tema informático, hasta entonces dispersas, en un enfoque globalizador, que trascendiera la adaptación y reinterpretación de viejas normas correspondientes a las distintas ramas del Derecho, constituyendo esa nueva ciencia.

Las fuentes naturales del Derecho Informático serían los contratos, porque las "lagunas" de la ley se cubren con contratos entre las partes y sobretodo, los principios generales del Derecho, siempre vigentes e iluminadores….
                                                                                                                            Autor: Ana María Vacca

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